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Provincia
de Santa Fe
Poder Ejecutivo
DECRETO
Nº: 0553
Santa Fe, 16 Abr. 1997
VISTO:
El expediente del Registro del Sistema de Información
de Expedientes Nº 00201-0028349-9 y sus agregados
Nº 00201-0030771-1 y Nº 00201-0034061-3 (MINISTERIO
DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), por los cuales se tramita
la solicitud formulaba por el COLEGIO DE PROFESIONALES
DE LA AGRIMENSURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - LEY 10.781,
para que se proceda a aprobar el estatuto de la Institución;
y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 168/174 obra la copia certificada del Acta
de la Reunión del Directorio General del Colegio,
del día 21 de octubre de 1996, celebrada en la
ciudad de Rosario, donde conforme a la facultades otorgadas
por la Asamblea Extraordinaria número dos (foja
143) se realizaron las modificaciones al anteproyecto
presentado con anterioridad, ante las observaciones formuladas
por la Inspección General de Personas Jurídicas.
Que
conforme lo expuesto y en razón de lo expresado
en la providencia de fecha 27 de noviembre de 1996, de
la Inspección General de Personas Jurídicas
(f.176), no existen observaciones legales que formular
a la gestión, por lo que puede accederse a lo solicitado.
Por ello,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVICNIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébase el Estatuto,
Código de Etica y Reglamento Electoral, del COLEGIO
DE PROFESIONALES DE LA AGRIMENSURA DE SANTA FE - LEY 10.781-,
cuyo texto ordenado con 32 (treinta y dos) fojas útiles,
forma parte como Anexo, del presente Decreto.
Artículo
2º.- Regístrese, comuníquese y
archívese.
Ing. Jorge Alberto Obeid
Dr. Alberto Arnaldo Rosua
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